Agronegocios
17 de septiembre de 2025 | 07:45Caso Maersk Saltoro: el giro del Tribunal Constitucional que podría replantear la compensación a exportadores de cerezas
El Tribunal Constitucional de Chile declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad presentado por un grupo de exportadores de cerezas contra Maersk. La decisión abre la puerta a revisar el “fondo de limitación de responsabilidad” que la naviera impulsó.
Con 1.363 contenedores y ~US$160 millones en pérdidas estimadas, 177 compañías esperan el fallo: si cae el “fondo”, cada firma podría litigar en Chile por su perjuicio real.
La campaña 2024/25 de cerezas chilenas quedó marcada por un incidente logístico sin precedentes: el portacontenedores Maersk Saltoro zarpó desde San Antonio el 27 de diciembre y sufrió una falla de motor en alta mar el 13 de enero, quedando a la deriva y rompiendo la ventana estratégica del Año Nuevo Lunar. La nave arribó recién el 17 de febrero al puerto de Nansha, cuando gran parte de la fruta ya había perdido su condición comercial.
Organismos y medios especializados reportaron entre 1.300 y 1.363 contenedores comprometidos —cerca de 5 millones de cajas— y valoraciones de daño que oscilaron desde US$100 millones hasta US$160 millones. En China, la autoridad sanitaria inició la destrucción de aproximadamente 1.300 contenedores, al constatar que habían excedido su vida útil, lo que selló la magnitud del golpe para la industria.

¿Cómo va la vía judicial?
A nivel judicial, la naviera activó en el 5° Juzgado Civil de Valparaíso un procedimiento para constituir un fondo de limitación de responsabilidad del orden de $15.213 millones (unos US$16,3 millones), mecanismo clásico del derecho marítimo que busca topear la exposición económica del armador ante reclamaciones múltiples. La tramitación quedó luego suspendida, mientras escalaba la controversia sobre la pertinencia de esa limitación en un siniestro de perecibles de alto valor.
El punto de inflexión llegó cuando el Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad presentado por un grupo de exportadores. La decisión — que no resuelve el fondo, pero sí abre la puerta a revisarlo — deja en pausa el juicio civil y tensiona la figura de la limitación: si el TC termina inaplicándola en este caso concreto, los afectados podrían demandar en Chile por sus perjuicios plenos, sin quedar supeditados a un fondo común.
Según se consignan en declaraciones del abogado y ex contralor Jorge Bermúdez, emitidas a nuestros colegas del área de prensa de Diario Financiero, argumentó que “levantar la limitación” permitiría a exportadores y agricultores acudir a la jurisdicción que corresponda y que el instituto se justificaba en otra época del transporte marítimo, pero no necesariamente en la realidad tecnológica y contractual actual.
Agregó además que “evidentemente la navegación puede comportar algunos riesgos, pero no puede ser que la peor parte se la lleve el exportador. La institución del fondo de limitación de responsabilidad tenía sentido cuando había piratas, cuando un barco se hacía a la mar y perdías contacto con él hasta que regresaba al mismo puerto (...) nada de eso hoy día existe”.
La arista internacional del caso ayuda a dimensionar el impacto. Para el mercado chino, la llegada tardía del Saltoro significó un riesgo sanitario y comercial insalvable, y la orden de destrucción activada por la autoridad local terminó por traducirse en pérdidas materiales y reputacionales para proveedores y compradores.
Más allá de la batalla legal, el caso deja lecciones de gestión de riesgo para la fruticultura de exportación: revisar con lupa las cláusulas de transporte y los seguros aplicables a perecibles; entender el alcance real de figuras como la limitación de responsabilidad; y considerar escenarios de general average, desvíos o arribos fuera de ventana en contratos y coberturas. Análisis de medios marítimos y de seguros coinciden en que el desenlace marcará precedente para flujos de alto valor y amplia atomización de reclamantes, como es la cereza chilena en su “Cherry Express”.
Hoy el expediente clave se juega en el TC. Si el tribunal acoge el requerimiento y declara inaplicable la limitación, se habilitarían rutas de arbitraje o juicio individual por empresa en tribunales chilenos, con compensaciones potencialmente alineadas al daño específico de cada reclamante; si la desestima, volverá a tomar vuelo el trámite del fondo en Valparaíso, con distribución proporcional entre todos los afectados.
En cualquier escenario, la industria ya procesa un aprendizaje costoso: en cadenas de valor just-in-time, el tiempo es un activo jurídico y comercial tan crítico como la cadena de frío o la firmeza de pulpa.


